La herencia en España

La herencia en Madrid, como en cualquier otra ciudad de España, está regulada por el Código Civil, aunque este tipo de transferencia de bienes, derechos y obligaciones varia ligeramente según la Comunidad Autónoma bajo la que el testador redacte la herencia. En este post vamos a hablar de los conceptos básicos de la herencia.

Cómo es la herencia en Madrid

Qué es la herencia

Una herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona, denominada causante o testador, deja tras su fallecimiento y que son transmitidos a sus herederos o legatarios. Este proceso no solo implica la transmisión de propiedades y activos como dinero, inmuebles y objetos de valor, sino también la asunción de posibles deudas y obligaciones legales del fallecido. En otras palabras, los herederos no solo reciben el patrimonio positivo, sino que también pueden heredar las deudas que el causante dejó pendientes.

Dónde se regula la herencia en España

Las nociones principales a tener en cuenta sobre la herencia se regulan en el Código Civil español. Específicamente, las disposiciones sobre herencia se encuentran en el Libro III, Título III, Capítulo II, que trata sobre los diferentes modos de adquirir la propiedad y las sucesiones. Este marco legal establece las normas y procedimientos que deben seguirse para la distribución del patrimonio del fallecido, ya sea que haya dejado un testamento o no.

Términos clave de la herencia

  • Testador: La persona que realiza un testamento. Es el individuo que, en vida, dispone de sus bienes y establece cómo deben distribuirse después de su muerte.
  • Heredero: Las personas que reciben la herencia. Pueden ser designados en el testamento, herederos testamentarios, o determinados por la ley en ausencia de testamento, herederos legales.
  • Legatario: La persona que recibe un legado específico, es decir, una parte concreta de la herencia, pero no toda ella. A diferencia del heredero, el legatario no asume las deudas del causante salvo que así se estipule en el testamento.
  • Albacea: La persona designada por el testador para ejecutar las disposiciones del testamento y gestionar la herencia. Su función principal es asegurar que la voluntad del testador se cumpla correctamente.
  • Sucesión: El proceso legal y administrativo mediante el cual se transfiere la herencia del causante a los herederos. La sucesión puede ser testada (cuando hay testamento) o intestada (cuando no hay testamento).

Tipos de herencia en España

Herencia testada

La herencia testada ocurre cuando el fallecido ha dejado un testamento en el que especifica cómo desea que se distribuyan sus bienes, derechos y obligaciones entre sus herederos. En el testamento, el testador puede designar a las personas o entidades que recibirán partes específicas de su patrimonio (legados) y determinar las proporciones en que se repartirán sus bienes. El testamento debe cumplir con ciertos requisitos legales para ser válido, y puede incluir cláusulas que designen albaceas (personas encargadas de ejecutar la voluntad del testador) y otras disposiciones especiales.

Herencia intestada

La herencia intestada, también conocida como sucesión legítima, ocurre cuando el fallecido no ha dejado un testamento válido. En este caso, la ley determina cómo se distribuirán sus bienes entre los herederos. La normativa española establece un orden de prioridad para los herederos, asegurando que los parientes más cercanos del fallecido reciban su parte correspondiente de la herencia. Este proceso se rige por el Código Civil, que establece una jerarquía clara para la distribución de los bienes en ausencia de un testamento.

¿Quiénes pueden heredar?

Los herederos pueden ser designados en el testamento del fallecido. Si no hay testamento, la ley establece un orden de prioridad para los herederos, que incluye:

  • Descendientes (hijos, nietos). Son los primeros en la línea de sucesión. Si un hijo ha fallecido, pasará a los nietos.
  • Ascendientes (padres, abuelos). Si no hay descendientes, los padres del fallecido tienen derecho a heredar. Si los padres han fallecido, los abuelos del causante heredan.
  • Cónyuge. El cónyuge sobreviviente tiene derecho a una parte de la herencia, cuya proporción varía según si concurre con descendientes o ascendientes.
  • Hermanos y sobrinos. Si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge, los hermanos del fallecido heredan. Si alguno de los hermanos ha fallecido, sus hijos (sobrinos del causante) heredan en su lugar.
  • Otros parientes hasta el cuarto grado. Tíos, primos, sobrinos, etc.
  • El Estado, en ausencia de parientes. En ausencia de parientes hasta el cuarto grado, la herencia pasa al Estado.

Según el artículo 744 del Código Civil, pueden heredar aquellos que no estén incapacitados por la ley. Son incapaces de suceder, según el artículo 745 del Código Civil:

  • Las criaturas abortivas.
  • Las asociaciones o corporaciones no permitidas por la ley.

¿Cómo se reparte una herencia?

El reparto de una herencia puede seguir estas etapas:

  1. Determinación de herederos: Se identifican los herederos según el testamento (si existe) o conforme a la ley en el caso de una sucesión intestada.
  2. Inventario de bienes y deudas: Se realiza una lista detallada de todos los activos (propiedades, cuentas bancarias, inversiones, etc.) y pasivos (deudas, hipotecas, etc.) del fallecido. Este inventario es crucial para conocer el valor neto de la herencia.
  3. Valoración de bienes: Se avalúan los bienes incluidos en la herencia para determinar su valor total. Esto puede implicar la contratación de tasadores profesionales para asegurar una valoración justa y precisa.
  4. Adjudicación de bienes: Una vez determinados y valorados los bienes, se procede a distribuirlos entre los herederos según las disposiciones del testamento o las normas legales aplicables en casos de sucesión intestada. La adjudicación puede incluir bienes específicos o valores monetarios equivalentes y se formaliza mediante escrituras públicas o acuerdos entre los herederos.

Dos tercios del total del caudal hereditario (el tercio de legítima y el tercio de mejora) deben dirigirse a los familiares más directos, según el artículo 807 del Código Civil. Los herederos forzosos son:

  1. Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  2. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  3. El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

El tercio restante (tercio de libre disposición) podrá destinarse a cualquier otro sujeto, siempre que así se hubiera dispuesto en el testamento del difunto, conforme al artículo 808 del Código Civil.

¿Qué pasa si una herencia no tiene herederos?

Si una herencia no tiene herederos, los bienes pasan al Estado. En España, y particularmente en Madrid, la Comunidad Autónoma gestiona estos bienes y, tras un proceso legal, puede disponer de ellos según lo estipulado por la ley. Según el artículo 763 del Código Civil, si no hay herederos forzosos, el testador puede disponer libremente de sus bienes.

¿Una herencia tiene impuestos?

Sí, recibir una herencia en Madrid implica pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La cuantía del impuesto varía según el valor de la herencia y el grado de parentesco con el fallecido. Existen bonificaciones y reducciones específicas para ciertos herederos, como los descendientes directos y el

Consideraciones finales

Gestionar una herencia puede ser un proceso complejo que requiere un entendimiento claro de los términos legales, las regulaciones específicas y los procedimientos involucrados. Tanto si la herencia es testada como intestada, es fundamental llevar a cabo un inventario y una valoración precisos de los bienes, así como cumplir con las normativas fiscales aplicables, como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En cualquier caso, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho sucesorio. Con el apoyo adecuado, los herederos pueden manejar mejor las responsabilidades y desafíos que acompañan a la recepción de una herencia, facilitando así una transición ordenada y respetuosa del patrimonio del fallecido.

Si tiene cualquier duda o necesita asistencia con una herencia en Madrid, estamos aquí para ayudarle. Nuestro equipo de abogados especialistas en herencias y sucesiones en Madrid está disponible para ofrecerle el apoyo y el asesoramiento que necesita para navegar por este proceso con confianza y tranquilidad.

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